Acuerdos Prenupciales y Postnupciales en Texas — Guía de un Abogado de Dallas
El marco legal de Texas para acuerdos prenupciales
El Capítulo 4 del Código de Familia de Texas (Subcapítulos A y B) rige los acuerdos prematrimoniales y postmaritales. La sección 4.003 permite a las partes acordar los derechos y obligaciones de propiedad, disposición de propiedad al divorcio, e incluso hacer un testamento o fideicomiso para llevar a cabo los términos del acuerdo.
La sección 4.006 hace que un acuerdo sea inaplicable solo si la parte que lo impugna prueba que (1) no firmó voluntariamente o (2) el acuerdo era inconcebible cuando se firmó Y la parte no recibió una divulgación justa y razonable, no renunció al derecho a la divulgación, y no tenía o razonablemente podría haber tenido conocimiento adecuado de la propiedad.
Qué puede — y no puede — hacer un prenup de Texas
Puede: caracterizar la propiedad separada, decidir cómo se dividirá la propiedad ganancial al divorcio, renunciar o limitar la manutención conyugal, elegir la ley aplicable, y establecer términos sobre la administración durante el matrimonio.
No puede: negar los derechos de manutención de los hijos, restringir la tutela o los horarios de posesión, o violar la política pública. El interés superior del niño siempre gana.
Cuándo considerar un postnupcial en lugar
Los postnupciales bajo §4.102 son a menudo la herramienta correcta cuando las circunstancias cambian: uno de los cónyuges hereda propiedad, comienza un negocio, se reconcilia después de una separación temporal, o desea aclarar activos previamente ambiguos. Al igual que los prenups, deben tener una divulgación completa y ejecución voluntaria.
Preguntas Frecuentes
¿Los acuerdos prenupciales son ejecutables en Texas?
Sí, si están correctamente redactados. Bajo el Código de Familia de Texas §4.006, el acuerdo es ejecutable a menos que la parte que lo impugna pruebe que no firmó voluntariamente o que era inconcebible con divulgación inadecuada.
¿Un prenup puede renunciar a la manutención conyugal en Texas?
Sí. El Código de Familia de Texas §4.003(a)(4) permite a las partes modificar o eliminar la manutención conyugal, aunque los tribunales todavía revisan si la renuncia es inconcebible.
Aviso legal: La información en esta publicación es solo para fines informativos generales y no constituye asesoría legal. Leer esta publicación no crea una relación abogado-cliente. Consulte a un abogado con licencia de Texas sobre su situación específica.