Órdenes de Protección en Dallas: Guía para Sobrevivientes de Violencia Familiar
¿Quién califica para una orden de protección?
Víctimas de violencia familiar (Código de Familia de Texas §71.004): cónyuge actual/anterior, familiar, pareja, compañero de casa. También víctimas de violencia de pareja y de acoso bajo el Capítulo 7B del Código de Procedimiento Penal.
Cómo presentar en el condado de Dallas
Puede presentar directamente en el tribunal de familia, a través de la División de Violencia Familiar del Fiscal de Distrito, o a través de un abogado de familia. La presentación es gratuita para víctimas de violencia familiar.
¿Qué protecciones están disponibles?
Las órdenes pueden prohibir contacto, excluir al demandado de su residencia y lugar de trabajo, requerir la entrega de armas de fuego, y abordar custodia temporal, manutención, y uso de vehículos o el hogar.
Sobrevivientes indocumentados y el Consulado de México
El estatus migratorio no afecta la elegibilidad. Los sobrevivientes también pueden calificar para una visa U o auto-petición VAWA. La abogada Isabela García trabaja con el Consulado de México de Dallas para coordinar representación segura.
Preguntas Frecuentes
¿Qué tan rápido puedo obtener una orden de protección?
Una orden ex parte temporal puede emitirse el mismo día que presenta, sin notificación al demandado, si el tribunal encuentra un peligro claro y presente. La audiencia final ocurre dentro de 14 días.
¿Puedo obtener una orden si soy indocumentado?
Sí. El estatus migratorio no es un factor. Presentar también puede abrir elegibilidad para una visa U. Nuestra oficina coordina con el Consulado de México.
Aviso legal: La información en esta publicación es solo para fines informativos generales y no constituye asesoría legal. Leer esta publicación no crea una relación abogado-cliente. Consulte a un abogado con licencia de Texas sobre su situación específica.